El despacho del abogado de Tenerife Antonio Quintero obtuvo una indemnización para sus clientes en un complejo caso de negligencia médica.
Una simple rotura de cadena de bicicleta lo desencadenó todo.
Una.
Caída, un golpe en el abdomen con el manillar.
Tres.
Fueron las ocasiones en una misma semana, en las que su madre acudió a los servicios médicos públicos de Canarias solicitando pruebas para su hijo, tras caerse de su bicicleta.
Quince.
Son los años que tenía un menor residente en el sur de Tenerife cuando falleció.
Cuatro.
Son los procesos en los que se han visto inmersos los padres.
Nuestro despacho presentó reclamación patrimonial, solicitando que fueran indemnizados por la negligencia médica cometida sobre su hijo menor.
La reclamación fue rechazada por el Servicio Canario de la Salud. Suele ser lo habitual, ya que la Administración es “juez y parte” en este tipo de expedientes administrativos.
Acudimos a la justicia.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife dictó sentencia estimando la reclamación y condenando al Servicio Canario de la Salud al pago de una indemnización y de las costas procesales:
«Una actuación conforme a la lex artis hubiera exigido el referido proceso asistencial, junto con la adopción de las medidas necesarias en aras a evitar la rotura del bazo, lográndose o no, pues se trata de cursos causales no verificables.
Nunca sabremos si el edema pudo haberse reabsorbido y salvado su vida el menor, o, por el contrario, seguir creciendo y romperse el bazo, pero, desde luego, ante la ausencia de un completo examen y las consiguientes pruebas diagnósticas, en el caso que nos ocupa se privó al menor de la oportunidad de saberlo».
El Servicio Canario de la Salud recurrió la sentencia.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias desestimó el recurso presentado y confirmó la sentencia del Juzgado.
Finalmente, tuvimos que vernos obligados a ejecutar la sentencia porque la Administración demandada no hizo efectivo el pago de las costas procesales en el plazo de cumplimiento voluntario.
Diez.
Es el número de años que han tardado los padres en obtener justicia para su hijo.
Xxxxxxx.
La cantidad de euros que han percibido los padres como indemnización.
Han dedicido no hacer públicas las cantidades que han percibido.
Sienten que hablar de dinero es poner precio a la vida de su hijo.
Veintiséis.
De nuevo años. Son los que tendría ahora Diego.
Cero.
Son las palabras que en este artículo nos hubiera gustado escribir.